Hoy entra en vigor el reglamento que desarrolla la ley Sinde-Wert. Hasta ahí, las certezas. Y desde aquí, las preguntas, que se pueden resumir en una: en plena era pos-cierre-de-Megaupload, en la que, como indican los expertos, ha vuelto con fuerza el viejo método del p2p (dos usuarios comparten un contenido sin, en principio, ánimo de lucro)… ¿nace desfasada la norma antidescargas que permitirá el cierre de páginas web que sin autorización sirvan o enlacen a contenidos sujetos a derechos de autor? Muchas de las más utilizadas, entre otras SeriesYonkis y CineTube, han visto cómo sus enlaces han dejado de apuntar a los contenidos alojados en la intervenida Megaupload antes del ciclón FBI.
De momento, la Sección Segunda de la Comisión de la Propiedad Intelectual (el quid de la cuestión de la ley Sinde-Wert) ya está constituida: la integran funcionarios de los Ministerios de Educación, Cultura y Deporte, Industria, Presidencia y Economía y está presidida por la nueva mujer fuerte de la Secretaría de Estado de Cultura, María Teresa Lizaranzu, directora general de Política e Industrias Culturales y del Libro. Las denuncias llegarán desde hoy mismo. Hasta unas 40, según un sondeo entre los principales actores de la Industria. Ellos —asociaciones como Egeda (productores), Promusicae (musical), FAP (audiovisual) o Cedro (editorial)— llevarán la iniciativa de la persecución, que solo emprenderá la Comisión de Propiedad Intelectual a instancia de parte, es decir, tras la demanda del titular de los derechos. «Vamos a intentar hacer la vida lo más incómoda posible a aquellas páginas que aparezcan o que se mantengan en su actividad», señala Antonio Guisasola, de Promusicae.
Los primeros cierres de webs se esperan tan pronto como a finales de marzo; el proceso, cuya dilatación en el tiempo se pretendía evitar, puede tomar entre 20 días y tres meses como máximo. En ese intervalo se aplicará, como ya diseñó el anterior Ejecutivo socialista antes de renunciar en los estertores de su mandato a desarrollar el reglamento, un procedimiento mixto administrativo-judicial en el que la intervención del juez puede ser solicitada en dos momentos: al principio, a la hora de identificar al posible infractor (tarea para la que se requerirá la ayuda de las operadoras), y al final, en el momento de ejecutar la interrupción del servicio o la retirada de los contenidos sujetos a derechos de autor. Si llegara a producirse, el cierre de la web infractora o la suspensión del servicio solo afectará a sitios españoles (también se podrá bloquear el acceso desde España a portales extranjeros) y tendrá efecto durante un año, salvo si el titular de la página cumple antes con las exigencias de la ley.