Nueva normativa para el uso comercial de los SMS

La nueva regulación, entró en vigor el pasado 27 de Julio con el objetivo de cubrir los múltiples vacíos en el sector, mediante una legislación moderna y adecuada a la actual coyuntura del mercado español.

La reciente aprobación de la normativa del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio de España, relativa a la utilización de los SMS Premium, implicará una serie de cambios entre los que destacan la división de la numeración corta en rangos en función del precio y el servicio, y la adopción de un código de conducta que todas las empresas y operadores deberán observar de ahora en adelante.

El pasado 13 de febrero de 2008, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, publica en el BOE una Orden Ministerial (ORDEN ITC/308/2008), “por la que se dictan instrucciones sobre la utilización de recursos públicos de numeración para la prestación de servicios de mensajes cortos de texto y mensajes multimedia.”. Es decir, para regular los SMS.

Entre los cambios propuestos, el mayor impacto es el de dividir la numeración corta en rangos, en función del precio y del servicio. Además, no existía el código de conducta, requisito indispensable para comenzar con la nueva manera de funcionar. Por último, las operadoras y algunas empresas solicitaban que se incluyera un nuevo rango para los mensajes “no sujetos a tarificación adicional”; dicho de otro modo, los mensajes más baratos, cuyo coste es igual al de cualquier sms entre usuarios (servicio soporte).

El Ministerio fijó como fecha objetivo para el cambio el pasado 14 de noviembre de 2008, momento en que debía existir, además, un código de conducta que indicara las pautas a seguir en los servicios y la publicidad de los SMS. Tras algunas correcciones a la Orden Ministerial en Marzo, el 13 de noviembre se publica una prórroga a la entrada en vigor de la Orden, dado que las operadoras y en general las empresas del sector no estaban aún preparadas para el cambio.

El pasado 17 de junio, el Ministerio publicó una nueva orden accediendo a las peticiones de operadoras y empresas. Se crean dos nuevos rangos de numeración –luego explicados todos ellos en profundidad-, para diferenciar mensajes gratuitos, y mensajes de coste igual al servicio soporte.

Por último, el 27 de julio de 2009, se publica por fin el código de conducta, que supondrá el cumplimiento de una serie de requisitos específicos con respecto al contenido, tarificación e información al usuario que se incluyen en el mensaje.

Hasta ahora, los SMS Premium sólo dependían de las operadoras, de las plataformas de mensajería, y de las empresas de servicios que los publicitaban. De ahora en adelante, será la CMT (Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones) quien asigne la numeración, y la Comisión de Supervisión de los Servicios de Tarificación Adicional  (CSSTA) la encargada de velar por el buen funcionamiento de los servicios a partir de las directrices generales fijadas por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

En la CSSTA participan varios Ministerios (incluido Consumo, Educación, Trabajo, Interior), el Consejo de Consumidores y Usuarios, Asociaciones representativas de los operadores de Telecomunicaciones  y de los prestadores y Comunidades autónomas, por lo que está representado un amplio abanico de la sociedad.

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